La plenaria del Concejo de Montería se conforma por 19 concejales pertenecientes a partidos y/o movimientos políticos, elegidos popularmente.
De esos 19 concejales, se eligen anualmente tres cabildantes que harán parte de la Mesa Directiva de la Corporación.
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO ARTICULO 65° ATRIBUCIONES DE LA MESA DIRECTIVA
Son atribuciones de la Mesa Directiva del Concejo de Montería:
Adoptar las decisiones y medidas necesarias y procedentes para una mejor organización interna en busca de una eficiente labor administrativa.
Representar al Concejo de Montería ante las ramas de los demás órganos de la administración Municipal, departamental y las ramas del poder público.
Preparar el proyecto de presupuesto del Concejo en coordinación con la comisión de presupuesto y enviarlo a la administración Municipal para su inclusión en el Presupuesto Definitivo de Rentas y Gastos del Municipio.
Solicitar informe a las comisiones permanentes y accidentales sobre el trámite de los proyectos de acuerdo y además asuntos que sea de su competencia.
Expedir mediante Resolución, las normas complementarias de funcionamiento de la Secretaría General, Secretaría de Comisiones y de los demás funcionarios del Concejo.
Vigilar el funcionamiento de la comisiones y velar por el cumplimiento oportuno de las actividades emanadas.
Expedir mociones de duelo y de reconocimiento cuando ellas sean conducentes.
Nombrar y remover los empleados de los cargos que la corporación haya creado para el servicio del Concejo y cuya designación no corresponda al Concejo en pleno.
Ejercer las demás funciones que en el orden y gestión interna del Concejo, no estén adscritas a un órgano específico y las demás que establezca el reglamento.
Aplicar el régimen disciplinario a todos los funcionarios de la Corporación.
Reglamentar el uso de salones del Concejo para actos diferentes a sus sesiones.